El 28 de diciembre de 2012 se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y en el capítulo I.2.7 se detallan los puntos relacionados con los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) o Factura Electrónica.
1. Los contribuyentes que emitan y reciban CFDI, deberán almacenarlos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML.
Ahora es necesario exigir y conservar el archivo XML además del tradicional PDF que se comúnmente se entrega.
2. Los contribuyentes no están obligados a incorporar en los comprobantes fiscales que emitan, la información relativa a los siguientes requisitos:
-Régimen fiscal
-Forma en que se realizó el pago y últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente.
Aunque se debe incluir la expresión NA o cualquier otra análoga en los apartados designados para incorporar dichos requisitos.
3. Los contribuyentes podrán utilizar uno o más proveedores de certificación de CFDI autorizados y utilizar de manera simultánea la prestación de varios proveedores autorizados por el SAT.
El detalle completo se puede consultar en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5283743&fecha=28/12/2012